The Classic Inca Trail to Machu Picchu

4 Days | 3 Nights

Description

Welcome to the Inca Trail!

This is by far the most popular hike available that leads adventurers from KM82 (starting point) to the majestic Inca city of Machu Picchu. This iconic hike is an unforgettable experience that will leave you with beautiful memories and a greater appreciation for the Andean Apus, Inca culture and civilization, Peruvian people and nature.

We look forward to taking you on this wild adventure and having a Bloody Bueno time!

Included
Excluded
Suggested Packing List:

Itinerary

All tours can be done privately where you can set the departure time, add in or remove sites and most importantly go at your own pace. Please ask us for more information about availability and prices.
 
  • Day 1: Cusco-Piskacuchu-Wayllabamba Or Ayapata
    DISTANCE: 14KM/8.7 MILES

    HIGHEST POINT: 3,000 masl/10,827 fasl

    We will pick you up from your accommodation in Cusco at around 5:00 am and travel to the town of Ollantaytambo where you can buy last minute gear, water, snacks and any other personal items. It is also a great place to have breakfast before we drive on to Piskacuchu (Km 82), the beginning of the Inca Trail.

    Today is a big day, where we will walk between 6 to 7 hours. After the first two hours of hiking we will reach the largest archaeological site of the Inca Trail called “Patallacta”, an incredible Inca ruin. Our guide will provide us with a detailed account about this ancient site, From here we continue for another 2 more hours to our lunch spot.

    After lunch and a good rest we will walk between two and a half to three hours until we reach our campsite, either Wayllabamba, located at 3000 masl or Ayapata, located at 3300 masl. Please note that the Ministry of Culture, according to availability and time of booking, designates the campsite.

 

  • Day 2: Wayllabamba Or Ayapata-Warmiwañusca-Chaquiccocha
    DISTANCE: 16KM/10 MILES

    HIGHEST POINT: 4,200 masl/13,780 fasl

    Your cook will wake you up early (at around 5am) with a warm cup of coca leaf tea. We want to take full advantage of the cool shade that is provided by the surrounding mountains, so after a good breakfast we will start our hike as early as possible. For most trekkers, today is the longest and hardest day, as we will cross Warmiwañusca pass or Dead woman pass located at 4,200 meters/13,780 feet above sea level. Here, we can literally see the various ecological zones and microclimates, which make up the area, and mapped out in front of us. Once we have made it to the highest point we will take a well deserved break. From here, we continue our hike to Pacaymayu Valley where you will appreciate the Peruvian Andes in its entire splendor. Here you can observe streams and small waterfalls and is the perfect place to have lunch.

    After lunch we continue our hike to the next pass known as Runcuraccay Pass located at 4000 masl. We will stop at a small Inca Ruin that has the same name, Runcuraccay, where our guide will give us an interesting explanation about this amazing ruin. We will then continue on to Chaquiccocha campsite, where we will enjoy dinner and a well-deserved rest after a long and hard day of trekking.

 

  • Day 3: Chaquiccocha-Wiñaywayna
    DISTANCE: 10KM/6.21 MILES

    HIGHEST POINT: 3,650 masl/11,975 masl

    This day starts early again with a nutritious breakfast. For most trekkers, this day is considered as the most beautiful day along the Inca Trail. We walk for around two hours along a trail that is known as the “Inca Flat”. This path provides us with a beautiful view of the mighty snowcapped mountain, Salkantay and the breath taking mountain range of Vilcabamba.

    At the end of the Inca Flat we will embark on the third and last ascent to Phuyupatamarca (town in the clouds) located at 3,650 masl or 11,975 feet. Once you have made it to the top you will be surrounded by cloud forest, where you can see small streams, small waterfalls, local tree species including: palms, orchids, bromeliads; birds such as parrots and parakeets; and flora and fauna typical of a tropical climate.

    After lunch, we will head to the ruins of Wiñaywayna (Forever Young), which is the most spectacular Inca site on the trail after Machu Picchu with the most popular campsite due to its proximity to Machu Picchu. Here we will spend our last night together close to Wiñaywayna. It is also at this campsite where we say goodbye to our porters and cook and thank them for the excellent job that they have done.


  • Day 4: Wiñaywayna-Sungate-Machupicchu-Cusco
    DISTANCE: 7KM/4.3 MILES

    HIGHEST POINT: 2,730 masl/8,956 fasl

    Today we are going to visit the majestic citadel of Machu Picchu! After an early breakfast, we will begin the final leg of the trek to the lost city of Machupicchu. The first part of the hike is up to Inti Punku (“Sun Gate”), where we will take in an inspiring and panoramic view of the Machu Picchu citadel. After a short hike down to Machu Picchu, we will register and then enjoy a two hour guided tour of the sanctuary-city.

    After the tour we will make our way to the main entrance where you have the option to take the bus or walk down to Aguas Calientes. Here you have the option to have lunch at one of the many restaurants and free time to enjoy the town before returning to Cusco by train*. The train ride from Aguas Calientes to Ollantaytambo takes around two hours and from Ollantaytambo there will be organized transportation to take you back to Cusco where you will be dropped off at your hotel or near to the main centre.

    The touristic train departs Aguas Calientes between 3:00 pm to 8:30 pm. Your return ticket will depend on the availability at the time of booking.

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Código de conducta conta ESNNA RTP

Considerando: Que la explotación de seres humanos en cualquiera de sus formas, especialmente la sexual, y en particular cuando afecta a los niños, vulnera los objetivos fundamentales del turismo y constituye una negación a su esencia como actividad que contribuye al desarrollo de nuestro país, a la generación de mejor calidad de vida, la dignificación de la persona y la protección de los recursos naturales y culturales, siendo de vital importancia prevenir situaciones que afecten su sostenibilidad y por ende, el desarrollo humano y económico del país;

Amparados en instrumentos internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Perú en 1990; la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Perú en 1978, la cual establece en su artículo 19 que “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que en su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”; el Convenio 182 sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Perú en 2001; la Declaración Estocolmo  contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños de 1996; el Código Ético Mundial para el Turismo de la Organización Mundial del Turismo(OMT) y la Declaración de Yokohama, ambos del 2001; y el “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional” – Protocolo de Palermo, año 2000.

En cumplimiento  de las disposiciones legales que sustentan la obligación del Estado peruano y de todos sus ciudadanos, de garantizar la protección y el cumplimiento de los derechos de las personas menores de edad que habitan en su territorio, tales como la Constitución Política del Perú, el Código de los Niños y Adolescentes, la Ley N.º 28950 Contra la Trata de  Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, la Ley 28251 que modifica el Código Penal en temas relacionados con explotación sexual de niñas, niños y adolescentes y demás normas conexas; así como el Decreto Supremo N.º 007-2007-MINCETUR; Con el aval pleno de nuestro gerente y trabajadores, formalmente declaramos que:

1.- Rechazamos la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes ESNNA en Perú y en el mundo, en general y en particular en su modalidad asociada a viajes y turismo, por ser una conducta que lesiona los derechos fundamentales de las personas, contraria a los objetivos intrínsecos de la actividad turística en nuestro país.

2.- Denunciamos y condenamos a quienes se valen de la actividad turística y de las instalaciones y servicios que ofrecen, para promover, facilitar o tolerar la ocurrencia de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; y en virtud de lo expuesto.
Resolvemos:
Suscribir el presente Código de Conducta contra la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes, en el ámbito Turismo, que se regirá por los siguientes artículos:
Artículo 1.– Objeto

El presente Código es una declaración formal de libre adhesión que tiene por objeto establecer y hacer cumplir las normas de conducta para todas las personas que trabajamos en la empresa Eco Andes Trekking Encaminadas al cuidado y la protección de niñas, niños y adolescentes de toda forma de explotación sexual y de trata de personas asociada a los viajes y el turismo.

Artículo 2.- Definiciones

Para todos los efectos de este Código adoptamos las siguientes definiciones:
Niño, Niña o Adolescente. – de conformidad con el Artículo I del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, se considera niño o niña a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad y adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho años de edad.

Trata de personas.- Es aquel delito que promueve, favorece, financia o facilita la captación,  transporte, traslado, acogida, recepción o retención de otro, en cualquier lugar del país recurriendo para ello a: la violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de libertad, el fraude, el engaño, el abuso del poder o aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad (pobreza, menor de edad, enfermedad), o la concesión o recepción de pagos o beneficios, con fines de explotación, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual.

Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en ámbito del Turismo. – Dado por una persona o personas, quienes se trasladan desde su lugar de origen o país natal, con el objetivo de entablar contacto sexual con niñas, niños y adolescentes, de manera ocasional o permanentemente.

Artículo 3.- Obligaciones
En virtud del presente Código, las personas que conformamos esta Empresa, a fin de tomar las medidas necesarias para proteger a niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual, nos comprometemos a:

⦁ Mantener una política ética de rechazo a la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en el contexto de los viajes y el turismo.
⦁ Informar y capacitar al personal sobre la política de la empresa con respecto a la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo y viajes.
⦁ Mantener símbolos visibles que alerten a clientes y proveedores sobre la posición respecto de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo y viajes.
⦁ Incluir una cláusula en los contratos con los proveedores de servicios turísticos en donde se declare el común rechazo a la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. Se usará el siguiente párrafo: “El turismo promueve una niñez y adolescencia sin explotación sexual, por lo tanto, nosotros no aceptamos cualquier acto que favorezca la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”.
⦁ Presentar un informe anual reportando las acciones realizadas por la Empresa a favor de la protección de niñas, niños y adolescentes de la explotación sexual. Este informe debe estar justificado con fotografías, listas de capacitación, link de página web, entre otros elementos que comprueben que la empresa está ejerciendo una responsabilidad social corporativa sostenida en el tema de prevención de la ESNNA, esta información se debe remitir a las oficinas de MINCETUR, a través del correo electrónico esnna@mincetur.gob.pe, o a la Calle Uno Oeste 050 Urb. Córpac San Isidro, Lima.

El MINCETUR podrá verificar el cumplimiento de estas medidas a través de sus normas sectoriales creadas para este fin, para lo cual el monitoreo se realizará a través de la MINCETUR. A partir de la firma del Código de Conducta la Empresa que suscribe podrá usar el logo “Protégeme” en los materiales de publicidad que la empresa utilice, como merchandising, página web, entre otros.
En fe de lo anterior, firmamos en la ciudad de Lima, a los 13 días del mes de enero del año 2021.

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Considerando: Que la explotación de seres humanos en cualquiera de sus formas, especialmente la sexual, y en particular cuando afecta a los niños, vulnera los objetivos fundamentales del turismo y constituye una negación a su esencia como actividad que contribuye al desarrollo de nuestro país, a la generación de mejor calidad de vida, la dignificación de la persona y la protección de los recursos naturales y culturales, siendo de vital importancia prevenir situaciones que afecten su sostenibilidad y por ende, el desarrollo humano y económico del país;

Amparados en instrumentos internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Perú en 1990; la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ratificada por Perú en 1978, la cual establece en su artículo 19 que “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que en su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”; el Convenio 182 sobre la Prohibición de las Peores Formas de Trabajo Infantil de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Perú en 2001; la Declaración Estocolmo  contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños de 1996; el Código Ético Mundial para el Turismo de la Organización Mundial del Turismo(OMT) y la Declaración de Yokohama, ambos del 2001; y el “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional” – Protocolo de Palermo, año 2000.

En cumplimiento  de las disposiciones legales que sustentan la obligación del Estado peruano y de todos sus ciudadanos, de garantizar la protección y el cumplimiento de los derechos de las personas menores de edad que habitan en su territorio, tales como la Constitución Política del Perú, el Código de los Niños y Adolescentes, la Ley N.º 28950 Contra la Trata de  Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, la Ley 28251 que modifica el Código Penal en temas relacionados con explotación sexual de niñas, niños y adolescentes y demás normas conexas; así como el Decreto Supremo N.º 007-2007-MINCETUR; Con el aval pleno de nuestro gerente y trabajadores, formalmente declaramos que:

1.- Rechazamos la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes ESNNA en Perú y en el mundo, en general y en particular en su modalidad asociada a viajes y turismo, por ser una conducta que lesiona los derechos fundamentales de las personas, contraria a los objetivos intrínsecos de la actividad turística en nuestro país.

2.- Denunciamos y condenamos a quienes se valen de la actividad turística y de las instalaciones y servicios que ofrecen, para promover, facilitar o tolerar la ocurrencia de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes; y en virtud de lo expuesto.
Resolvemos:
Suscribir el presente Código de Conducta contra la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes, en el ámbito Turismo, que se regirá por los siguientes artículos:
Artículo 1.– Objeto

El presente Código es una declaración formal de libre adhesión que tiene por objeto establecer y hacer cumplir las normas de conducta para todas las personas que trabajamos en la empresa Eco Andes Trekking Encaminadas al cuidado y la protección de niñas, niños y adolescentes de toda forma de explotación sexual y de trata de personas asociada a los viajes y el turismo.

Artículo 2.- Definiciones

Para todos los efectos de este Código adoptamos las siguientes definiciones:
Niño, Niña o Adolescente. – de conformidad con el Artículo I del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes, se considera niño o niña a todo ser humano desde su concepción hasta cumplir los doce años de edad y adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho años de edad.

Trata de personas.- Es aquel delito que promueve, favorece, financia o facilita la captación,  transporte, traslado, acogida, recepción o retención de otro, en cualquier lugar del país recurriendo para ello a: la violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de libertad, el fraude, el engaño, el abuso del poder o aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad (pobreza, menor de edad, enfermedad), o la concesión o recepción de pagos o beneficios, con fines de explotación, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual.

Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en ámbito del Turismo. – Dado por una persona o personas, quienes se trasladan desde su lugar de origen o país natal, con el objetivo de entablar contacto sexual con niñas, niños y adolescentes, de manera ocasional o permanentemente.

Artículo 3.- Obligaciones
En virtud del presente Código, las personas que conformamos esta Empresa, a fin de tomar las medidas necesarias para proteger a niñas, niños y adolescentes contra la explotación sexual, nos comprometemos a:

⦁ Mantener una política ética de rechazo a la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes en el contexto de los viajes y el turismo.
⦁ Informar y capacitar al personal sobre la política de la empresa con respecto a la prevención de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo y viajes.
⦁ Mantener símbolos visibles que alerten a clientes y proveedores sobre la posición respecto de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo y viajes.
⦁ Incluir una cláusula en los contratos con los proveedores de servicios turísticos en donde se declare el común rechazo a la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. Se usará el siguiente párrafo: “El turismo promueve una niñez y adolescencia sin explotación sexual, por lo tanto, nosotros no aceptamos cualquier acto que favorezca la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”.
⦁ Presentar un informe anual reportando las acciones realizadas por la Empresa a favor de la protección de niñas, niños y adolescentes de la explotación sexual. Este informe debe estar justificado con fotografías, listas de capacitación, link de página web, entre otros elementos que comprueben que la empresa está ejerciendo una responsabilidad social corporativa sostenida en el tema de prevención de la ESNNA, esta información se debe remitir a las oficinas de MINCETUR, a través del correo electrónico esnna@mincetur.gob.pe, o a la Calle Uno Oeste 050 Urb. Córpac San Isidro, Lima.

El MINCETUR podrá verificar el cumplimiento de estas medidas a través de sus normas sectoriales creadas para este fin, para lo cual el monitoreo se realizará a través de la MINCETUR. A partir de la firma del Código de Conducta la Empresa que suscribe podrá usar el logo “Protégeme” en los materiales de publicidad que la empresa utilice, como merchandising, página web, entre otros.
En fe de lo anterior, firmamos en la ciudad de Lima, a los 13 días del mes de enero del año 2021.